1.-Novedades para el autónomo societario
Esto viene a razón del fallo impuesto por el Tribunal Contencioso- Administrativo número 2 de León. Este favorece a los autónomos societarios, desde ahora tienen la posibilidad de acogerse a la tarifa plana. Así es como se le ha dado la razón a un autónomo de acuerdo al razonamiento señalado por la Tesorería General de la Seguridad Social.
2.- Solicitud de devolución de ingresos indebidos
Todo inicia con un reintegro de ingresos incorrectos que no fueron estimados por la Seguridad Social. Cuya Tesorería empezó a cobrar la cuota de autónomo de manera completa después de haber gozado de la tarifa plana. La primera mitad del segundo año el autónomo tendrá la posibilidad de descontarse la mitad de la cuota y de la segunda mitad de dicho año el 30%.
3.-La sentencia da la razón al autónomo
Finalmente, la sentencia dictada el 11 de julio de 2019, le dio la razón al autónomo que no se quedó conforme con la negativa anterior e interpuso un recurso a mediados del año 2018.
En esta última sentencia se obliga a la Seguridad Social a devolver al trabajador afectado 1300 euros, esta cantidad es correspondiente a lo cotizado de más durante todo el año 2018 cuando en cambio habría sido posible gozar de los beneficios de la tarifa plana.
4.- Como afecta al autónomo y a las pequeñas empresas
Este veredicto junto a otros a favor de otros autónomos con casos similares, crea precedentes para que otros autónomos societarios se sientan animados a reclamar ante la seguridad social el excesos de cotización, que había sido vetada para estos trabajadores hasta hace poco, por los elevados importes que supone esta clase de recursos y en otras ocasiones por desconocimiento.
5.- La Tesorería de la Seguridad Social no ha interpuesto recurso alguno
Por ahora la Tesorería no ha interferido ni ha puesto recurso ninguno ante el supremo y ha aceptado las sentencias. Pero, debemos tener también en cuenta, que el criterio sigue siendo incierto sin una jurisprudencia detrás que le respalde y tampoco se ha establecido un protocolo general o protocolo para solicitar estas cifras bajo un protocolo preestablecido.
Mientras tanto, el autónomo solo cuenta con la vía judicial para exigir estas cantidades, lamentablemente y como ya sabemos, esta vía no suele estar al acceso de todos los trabajadores por cuenta propia.
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