
Son muchos los motivos que pueden llevar a un empresario o grupo de empresarios a cerrar su negocio o sociedad. Para proceder al cierre de cualquier negocio será fundamental llevar a cabo una serie de trámites conocidos como disolución, liquidación y extinción.
Por norma general, el cierre de una sociedad se llevará a cabo por aquellos motivos o causas que se encuentren reflejadas en los estatutos de la compañía. Este tipo de operaciones resultan tremendamente complejas, ya que son muchos los pasos a seguir y los requisitos a cumplir para disolver cualquier sociedad.
¿Cómo se lleva a cabo la disolución, liquidación y extinción de una sociedad?
Para poder realizar la disolución, liquidación y extinción de una sociedad es importante tener en cuenta que se puede optar por dos opciones o caminos:
- De manera conjunta, es decir, en el mismo acto
- De forma separada, realizando la disolución y liquidación en primera instancia
En el supuesto de decantarse por la segunda alternativa es importante tener en cuenta que han de seguirse las fases indicadas a continuación:
Disolución de la sociedad
Tal y como se mencionaba, la disolución de la sociedad puede deberse a múltiples causas o motivos que quedan recogidos por los estatutos de la compañía, así como en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, de la Ley de Sociedades de Capital. Este trámite deberá formalizarse mediante escritura pública ante notario, además de ser inscrita en el Registro Mercantil que corresponda.
Liquidación de la empresa
Tras acordar la disolución de la empresa, comienza lo que se conoce como el periodo de liquidación de la empresa. Aunque la empresa sigue manteniendo su personalidad jurídica, la empresa suspende toda actividad ordinaria. El administrador/es deja su cargo y pasan a ser los liquidadores quienes asumen las funciones del administrador/es. Los liquidadores son nombrados por la Junta General o bien aquellos que se encuentran designados en los estatutos.
Junta general de socios
Se celebra una junta general de socios para aprobar el balance final, la propuesta de división de haber social resultante entre los socios de la compañía, así como la lectura del Informe de operaciones de liquidación. Todo ello se desempeñará en base a aquello que se encuentre recogido en los estatutos de la sociedad. La división del patrimonio social de la compañía tendrá que ser proporcional a la participación en el capital social.
Escritura pública
Una vez que se hayan completado los procesos de disolución y liquidación, los liquidadores deberán otorgar escritura pública de todos aquellos acuerdos que se hayan acordado para la extinción de la empresa ante un notario. Asimismo, la empresa se inscribirá en el Registro Mercantil, además se deberá hacer constar la cancelación de todos los asientos registrales.
Tributación de dicha operación
Para poder llevar a cabo la tributación del cierre de cualquier empresa o sociedad se tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de Operaciones Societarias. Este impuesto deberá ser pagado por todos los socios que componían la sociedad en función a la cuota de liquidación que haya sido recibida por cada uno de ellos.