
Año tras año, son muchas las personas que se decantan por elegir la figura del autónomo para iniciar una actividad económica. Como resulta evidente, darse de alta como autónomo resulta bastante más rápido y sencillo que constituir una sociedad. Contiene una menor carga a nivel administrativo.
Para poder darse de alta como autónomo es necesario acudir tanto a la Seguridad Social como a la Agencia Tributaria, ya que son dos trámites fundamentales para poder comenzar a generar ingresos. Para montar tu negocio como autónomo deberás seguir los siguientes pasos a continuación se detallan.
Antes de entrar en materia, resaltar que para poder darse de alta como autónomo será esencial cumplir con tres requisitos básicos:
- Realizar la actividad de forma personal, directa y habitual
- Llevar a cabo una actividad económica de tipo lucrativo
- No encontrarse sujeto a ningún tipo de contrato de trabajo
¿Cómo darse de alta como autónomo?
Para poder darte de alta como autónomo deberás seguir los siguientes pasos:
- Darte de alta en la Seguridad Social como autónomo
Deberás presentar el modelo TA0521 en la delegación de la Seguridad Social más cercana o bien telemáticamente en un plazo máximo de 60 días antes de comenzar con tu actividad. De este modo te darás de alta en la RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Ten presente elegir tu base de cotización.
- Darte de alta en la Agencia Tributaria
Tras realizar el alta en la Seguridad Social, se deberá tramitar el alta en la Agencia Tributaria presentando el modelo 037. En dicho formulario o impreso deberán constar datos personales, detalles de la actividad a realizar, dirección fiscal, así como obligaciones tributarias. Al darte de alta en Hacienda también lo estarás haciendo en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Darte de alta en el Ayuntamiento
El siguiente paso será el de darte de alta en el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre tu local o establecimiento para obtener la licencia correspondiente. El coste dependerá de aspectos como la calle en la que se encuentre, la actividad que desarrolles o el tamaño del establecimiento.
- Darte de alta en organismos de Trabajo
Si cuentas con empleados a tu cargo, será preciso que los des de alta en la Seguridad Social, además de comunicarlo al organismo de trabajo de tu Comunidad Autónoma. Asimismo, aunque no dispongas de trabajadores, deberás contar obligatoriamente con un Libro de Visitas que podrán solicitarte los inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
¿Cuándo es obligatorio darse de alta?
En aquellos supuestos en los que tu actividad resulte esporádica y no obtengas unos ingresos que se encuentren por encima del salario mínimo interprofesional, no resultará necesario que te des de alta.
Aun así, debe destacarse que existen varios matices o aspectos a tener en cuenta, incluso aunque los ingresos no lleguen a 14.000 euros anuales.
Por otro lado, deberás darte de alta en Hacienda siempre que se ejerza una actividad económica. De este modo podrás facturar sin problemas con la Agencia Tributaria a través de la presentación del modelo 037. Obviamente, tendrás que presentar las correspondientes declaraciones de IRPF e IVA.