
Buenos días Adeel, sin duda la forma societaria de empresa que mas conviene es la sociedad limitada, esto basado en dos conceptos básicos,
Conceptos básicos
1.- Al montar una sociedad limitada la responsabilidad de los socios está como su nombre lo indica, limitada al capital que aporten. En vuestro caso el capital que aporta cada socio es de 15,000 y no se le podrá reclamar responsabilidad por mayor cantidad a la empresa. No se debe confundir con la responsabilidad del administrador que en el caso de descubrirse mala praxis, es decir hechos dolosos o de mala gestión intencionada, responderá hasta con su patrimonio personal sin límite.
2.- La sociedad gozará durante los 2 primeros ejercicios que se obtengan beneficios de una reducción en el impuesto de sociedades del 10%, es decir que en lugar de tributar al 25% como todas las empresas, tributará solo al 15%.
En lo referente a la contratación del personal, te sugiero que el socio que trabajará en la empresa, sea el administrador, ya que de esta forma se ahorrarán costos de seguridad social pues el administrador debe de cotizar el primer año como mínimo entre 280 y 299 euros y a partir del segundo año aproximadamente 350 euros. Si el socio trabajador no fuera el administrador tendríamos 2 cotizaciones por un lado el socio trabajador cotizaría aproximadamente el 35% de su salario mensual (me refiero al costo para la empresa), y por otro lado el administrador cotizaría entre 280 y 290 el primer año.
Si el socio fuera a la vez administrador y trabajador solo cotizaría como trabajador con nómina (aunque no tendría prestación por desempleo «paro»).
En lo referente a las actividades de la empresa, en necesario que esté dada de alta en el a) registro de operadores intracomunitarios, y en el b) registro de exportadores, esto con la finalidad de que no os cobren el iva cuando realicéis adquisiciones intracomunitarias en el caso del ROI, y que podáis embarcar y desembarcar en el caso de la mercancía que se exporte o importe.
Suerte