RESPUESTA: Hola Gabor, gracias por preguntar, te voy a responder pero aclaro tu pregunta, cuando te refieres a crear una empresa entiendo que no te quieres referir a comunidad de bienes sino a una sociedad civil, las comunidades de bienes se llevan en el cado típico de que existan bienes en común antes de la existencia de la comunidad, el caso típico es el de los inmuebles dejados en herencia a hermanos que luego obtendrán renta de el. En cuanto a si la sociedad civil es lo mas adecuado para la actual situación de los socios, la respuesta es que si, además existe la ventaja que ambos pueden darse de alta de autonomos y obtener las subvenciones vigentes gestionadas por la comunidad de madrid. En lo referente a no darse de alta como autónomo porque ya se cotiza en hacienda, te informo que son 2 temas completamente diferentes, aunque se suelen confundir a menudo. El alta en hacienda se da para poder cumplir con las obligaciones fiscales como empresa y como persona física, y en cambio el alta como autonomo en la seguridad social, se da para poder estar protegido, ya que la ley obliga que toda persona que realice una actividad empresarial, profesional o artistica debe estar dado de alta en la seguridad social. La sociedad civil tardaría en etar constituida aproximadamente de 3 a 5 dias. gracias.