RESPUESTA: Hola Maricarmen, Existen varios criterios referente a los plazos, te informaré en primer lugar el criterio que creo te afecta directamente, y a continuación los demas criterios que creo no sean tu caso. 1.- Respecto del Iva: deberás conservar durante 4 años los documentos por las cuales soportaste iva, y estén sujetas a un periodo de regularización. 2.- En el caso de documentos que impliquen amortización no las podrás destruir hasta que termines la amortización. y si los documentos se refieren a bienes muebles deberás tenerlas durante 9 años. 3.- En lo referente a los impuestos la prescripción es de 4 años. Ahora te informaré sobre los plazos que creo no deberian de afectarte: 1.- En el caso de estar compensando bases imponibes negativas deberás guardar los documentos durante 18 años que es el plazo de compensación. 2.- En el caso de haber adquirido bienes inmuebles el plazo para guardar la documentación es de 14 años. Espero haberte sido de alguna ayuda.