RESPUESTA: Hola Luis, muchas gracias por tu pregunta, entro directamente en materia y te informo que es posible darte de alta y no pagar cuota de seguridad social, pero no de la forma en que tu lo mencionas. Me explico, puedes darte de alta en hacienda como empresario individual, con la finalidad de que puedas realizar la actividad, y deducir fiscalmente los gastos en los que incurras en el desarrollo de tu actividad hasta que consigas la primera venta, (me refiero a gastos de teléfono, o combustible) entre otros. Al ser esta una actividad digamos eventual, sin ingresos recurrentes, y de futuro inicerto, puedes no darte de alta en la seguridad social como autónomo, pero solamente por los 6 meses que mencionas como plazo para realizar la primera venta. Entonces para resumir: En hacienda te das de alta como empresario individual, y en la seguridad social en pocos meses te darás de alta como autónomo. Lo que no se puede hacer es que te des de alta en la seguridad social como autónomo y no pagar la cuota de seguridad social. En cuanto a las subvenciones que mencionas, solo puedes acceder a ellas si te das de alta como autónomo
Ser socio y administrador de una empresa sin que me embarguen
Hola Alfredo, entro en materia directamente, te recomiendo que al crear tu empresa, tu novia tenga el 100% de participaciones (me refiero a una sociedad