RESPUESTA; Hola Valeria, llevas razón, hay mucha literatura muy precisa al respecto, el problema es que se suele hacer un poco espeso de leer, pero espero darte una informacion que te sea útil. empiezo: para el empresario individual (autónomo), existen 3 tipos de epígrafes para darse de alta como empresario individual. ( 1.- como empresario, 2.- como profesional, 3.- como artista). Tu pregunta va orientada a la diferencia entre empresario y profesional. Si tu actividad encaja en el epígrafe de empresario, no debes retener el IRPF en tus facturas, aunque factures a un empresario o a un profesional profesional, o consumidor final, pero en cambio si que tendrás que presentar el modelo 130 todos los trimestres. En cambio si tu epígrafe encuadra como profesional, deberás retener IRPF obligatoriamente si o si, cuando entregues tus facturas o un empresario o a un profesional, pero no deberás retener el IRPF cuando factures a un consumidor final, y deberás presentar todos los trimestres el modelo 130, pero si como profesional mas del 75% de tus facturación está sujeto a retención, no estarás obligado a presentar el modelo 130 de forma trimestral. Si me he dejado algo, puedes llamar directamente a nuestra asesoría asociada al 91 230 4978, solo tendrás que decirle que eres usuaria de Creación Empresa Madrid, también se podrán hacer cargo de darte asesoría fiscal y asesoría contable.