RESPUESTA: Hola gabriela, debo decirte que al darte de alta como autonoma en la venta de este tipo de productos, tendrás que estar en recargo por equivalencia, que tiene como ventaja el hecho de que no tengas que presentar el modelo 303 de forma trimestral, a cambio tendrás un recargo sobre el 21% de iva que pagarás a tu proveedor del 5,2%. El inconveniente es que no te podrás deducir el iva por las compras de mobiliario que realices como parte de la inversión inicial para montar tu tienda y las siguientes. Podrás evitar estar en recargo por equivalencia si constituyes una sociedad limitada por ejemplo. De esta forma podrás deducir el iva de las compras. El alta como autónomo es gratuita y podrás darte de alta con nuestra asesoría asociada. Ellos ampliarán la información que te proporciono en este foro. Tambien pueden crear tu empresa y te asesorarán antes para que puedas tomar la mejor decisión para tus intereses y de acuerdo a tu realidad económica y proyección de ventas. He reenviado tu mail y están esperando tu llamada. Suerte !!!!!