Buenos dias y gracias por su pregunta, Entro en materia directamente, por ser una actividad de carácter esporádico, puede emitir la factura sin estar de alta en Seguridad Social, y por l tanto no pagaría la cuota mensual, todo esto siempre y cuando no esté usted de alta en Seguridad Social. El procedimiento es sencillamente emitir la factura y declarar los modelos trimestrales que le correspondan y sus correspondientes resúmenes anuales. En cuanto si realmente es legal, existen sendas sentencias declarando que por una actividad eventual definida como tal por el monto de facturación y la eventualidad del mismo, no es necesario estar dado de alta en Seguridad Social. Cualquier consulta no dude en llamar a nuestros asesores asociados al 91 230 4978 y mencione que es usuaria nuestra, ello le asesorarán de forma gratuita, y resolverán sus dudas, Cordiales Saludos.
Hola, somos tres socios, y nos dedicamos desde hace casi un año al reciclaje de equipos informáticos, pero tenemos un cliente que nos pide que le entreguemos factura, así que tendremos que dejar de trabajar en B estamos en duda si crear una sociedad ci
Gracias por preguntar, lleva usted razón, mediante la constitución de una sociedad limitada la responsabilidad se limita al aporte del capital, en cambio en la



