Gracias por preguntar, lleva usted razón, mediante la constitución de una sociedad limitada la responsabilidad se limita al aporte del capital, en cambio en la sociedad civil responde con su patrimonio personal, otra ventaja que tiene crear la sociedad limitada en que la tasa del impuesto de sociedades es del 15%, de momento, frente a la cuota del IRPF, en el caso de las sociedades civiles. Una diferencia es que el capital mínimo en la sociedad limitada es de 3,000 euros frente a la sociedad civil que no requiere capital mínimo, para la creación de una sociedad civil, no se requiere la inscripción en el registro mercantil, y tampoco la obtención del certificado negativo de nombre. Para la creación de la sociedad limitada no requiere la redacción de estatutos, ni escritura de constitución. espero que esta información le sea de utilidad.
Buenos días, he visto una pregunta muy parecida a la mía en su foro, mi cuñado, mi hermano y yo, hemos constituido una sociedad limitada, nos dedicamos al rubro de la electrónica, yo soy el administrador, crear la empresa nos ha costado 400 euros entr
Buenos dias Migue, gracias por su pregunta, le informo que el administrador de una sociedad no puede acogerse a la denominada tarifa plana de autónomos,