RESPUESTA: Hola Juan Manuel, gracias por preguntar, te informo directamente que los conceptos que mencionas son todos los que deben ser, pero no lo son los importes en algunos casos: CUOTA SEGURIDAD SOCIAL (50 x6 y 132×6, pero sin iva) ACCIDENTE DE TRABAJO Y DESEMPLEO (estás en la cifra), IRPF (no lo consideres porque igual tienes que pagarlo ya sea si trabajas por cuenta propia o cuenta ajena en tu declaración anual de IRPF, la retención en factura es 7% y no 9%, pero en la declaración trimestral es 20%), IVA (me imagino que consideras el iva porque la empresa te ha propuesto una cantidad iva incluido). También debes tener en cuenta que al darte de alta también empiezan tus obligaciones fiscales con hacienda y por consiguiente contar con una asesoría que se haga cargo de tu declaración de impuestos y el registro de tu documentación contable, este servicio suele ser de 39 euros/mes, que debes incluir en tu cálculo de costos. En cuanto alta en los diferentes organismos a los que estarias obligado como autónomo, puedes llamar a nuestra asesoría asociada, y ellos te darán de alta de forma gratuita y conseguirás ahorrar algo de dinero, los puedes llamar al 91 230 4978 solo diles que eres usuario de creación empresa madrid, les acabo de reenviar tu mail, suerte !!!!!!!