RESPUESTA: Gracias por tu pregunta Victor Manuel, te diré que en base a lo que comentas, que lo suyo seria que te diéramos de alta solo como autónomo y no como empresa tipo sociedad limitada, de esta forma podrías acogerte a 2 subvenciones que hay actualmente para personas con tu perfil, subvención 1.- Hasta 2.500 euros a fondo perdido. subvención 2.- Extensión de la tarifa plana de 50 euros a 18 meses (sin subvención son 6 meses) Antes de que te demos de alta como autónomo debes solicitar la capitalización del paro (con que esté solicitada es suficiente.) En el caso de tu socio sería exactamente igual, ya que la idea es que ambos puedan acogerse a las subvenciones. Una vez dados los 2 de alta como autónomos podrían constituir una sociedad limitada que entre otras ventajas no requiere de capita mínimo ni escrituras, aunque si que es cierto que una sociedad limitada, de cara al público, proveedores y clientes tiene mas aceptación. De todas formas puedes llamar a nuestra asesoria asociada y hacer las consultas que sean necesarias.