RESPUESTA: Hola Carlos, puedes crear tu empresa, y para ello contarás con todas nuestra ayuda, Lo primero que debes de tener en cuenta es que neesitas contar con un NIF que te permita trabajar. el NIF con permiso de trabajo es fundamental ya que sin este documento no te permitirán darte de alta como autónomo. Ni no tuvieras permiso de trabajo, podrías darte de alta como empresario autónomo en hacienda, pero no podrás trabajar directamente, tendrás que contratar una persona. Si tu NIF te autoriza a trabajar, las cosas mejoran notablemente para ti, ya que si te dieras de alta como autónomo en la seguridad social, también podrías solicitar la subvención a fondo perdido por hasta 2,500 euros que la comunidad de madrid da a todos los que se hacen autónomos. también podrás solicitar la ampliación de la tarifa plana para nuevos autónomos. esto significa que en lugar de pagar 50 euros como cuota de autónomo durante 6 meses, se extenderá a 18 meses. En cuanto a las obligaciones que mencionas surgen en el mismo momento en que te das de alta en hacienda como empresario individual, o cuanto te das de alta en la seguridad social en el régimen especial de trabajadores autónomos – RETA (autónomo). En lo referente a la factura que te pide la empresa que te entregará el adelanto, están en lo correcto ya que el reglamento del IVA Español establece que los anticipos están sujetos al IVA, y se debe de entregar una factura por el dinero recibido.