Gracias por preguntar, Es correcta la segunda opinión, es deducible el gasto que se realice exclusivamente en el ejercicio de la actividad, en el caso del abono de transporte no hay forma de justificar que se utilice exclusivamente. Nos informa nuestra gestoría especializada en autónomos que hacienda no acepta estos gastos como deducibles. Cordiales saludos,
Buenos dias soy Luis En Diciembre del 2013 me di de alta como autónomo, en una asesoría me recomendaron no crear una empresa del tipo de sociedad limitada o s.a., puesto que argumentaron que no era necesario para la actividad que realizaría y el nivel
Buenos dias Luis, y gracias por preguntar, Le informo que la deducción del 100% solo se permite en los siguientes casos, y ninguno es el



