Buenas tardes Jose, le informo que la capitalización del paro solo es posible en el caso de autónomos, del cual una parte se utiliza para adquisición de activos (debe acreditar la compra con facturas)y la otra para las cuota de seguridad social. Si se constituye como sociedad limitada, solo puede aplicar el paro a las cuotas de la seguridad social, le informo también que puede pedir el servicio de constitución gratuita de empresas y también el de gestoría barata si los llama y pide una cita, ellos le explicarán detalladamente, desde creación empresa le damos las gracias por preguntar, cordiales saludos y gracias por preguntar,
Buenas.rnrnDebo impartir 15 horas en un curso de formación.rnYo no oferto el curso, ni lo organizo, lo hace un instituto.rnrnNo tengo ingresos ni trabajo desde hace 2 años.rnMe pagarían 400€ brutos.rnrn ¿Debo darme de alta de autónom
Gracias por preguntar, La respuesta que voy a dar solo es válida para su caso en particular, 1.- No es necesario darse de alta como