
Dos autónomos: pueden montar un negocio juntos?
Gracias por tu pregunta Ismael. Te respondo brevemente que si, que si que pueden dos autónomos montar un negocio juntos.
Sin embargo antes de ampliar la respuesta a tu pregunta, quería hacer un breve comentario que estoy segura os será se mucha utilidad.
Si partimos de que vais a montar un bar, y según indicas es para dedicaros al negocio a jornada completa, y que os planteáis dejar de trabajar por cuenta ajena (un despido es mejor que una renuncia de cara a percibir la prestación por desempleo).
¿Cuál es la ayuda para nuevos autónomos?
Lo primero que te diría, y que funciona genial cuando se empieza como autónomo, es que te des de alta en el paro.
Sé que suena un poco contradictorio, pero es importante porque así cumples con el requisito de estar registrado como demandante de empleo en el SEPE. Esto es clave para acceder a las ayudas que ofrece la Comunidad de Madrid.
Lo interesante de esta ayuda es que es a fondo perdido, o sea, no tienes que devolverla.
Te dan 4.000 euros, que la verdad viene de lujo cuando estás arrancando como autónomo. Así que, si estás pensando en dar el paso, yo no me lo pensaría dos veces, porque estos apoyos pueden ser un empujón importante
Con lo cual si habrán 2 autónomos en un mismo negocio, es totalmente posible que cada uno pueda pedir la ayuda de 4.000 euros.
Aquí te dejo el hipervínculo con la info de la ayuda: AYUDAS A FONDO PERDIDO
También os dejo el hipervínculo para pedir la cita online que permitirá daros de alta como demandantes de empleo: ALTA COMO DEMANDANTE DE EMPLEO
Por lo tanto, si te estás preguntándote si pueden dos autónomos compartir local, y si pueden 2 autónomos montar un negocio juntos has de saber que la respuesta es sí, a continuación de comento las varias maneras de hacerlo,
| Resumen: |
| -Sí, dos autónomos pueden emprender juntos. |
| – Nuestra recomendación: Darte de alta como demandante de empleo en el SEPE al dejar de trabajar por cuenta ajena. |
| – Objetivo: Cumplir requisitos para acceder a ayudas de la Comunidad de Madrid a fondo perdido, además de poder capitalizar la prestación por desempleo (paro). |
¿Pueden dos autónomos trabajar juntos en el mismo local sin ser sociedad civil?
2 autónomos trabajando en el mismo local, Se recomienda firmar un acuerdo para establecer responsabilidades y del espacio compartido, evitando así problemas con Hacienda o posibles conflictos entre las partes.
Es obligatorio (por experiencia de muchos clientes y porque así lo exige la agencia tributaria) que cada uno mantenga su facturación independiente, esté dado de alta en su actividad y exista un acuerdo claro de reparto de gastos
Me referiré exclusivamente a como pueden 2 autónomos compartir local solo como autónomos.
El principal riesgo cuando están 2 autónomos trabajando en el mismo local, sin ser una sociedad civil, es que el local esté en propiedad o en alquiler a nombre de uno de los autónomos (1er. autónomo) y lo comparta normalmente con otro autónomo (2do. autónomo).
Aquí el primer problema es que, ante una inspección de trabajo, el inspector tome al segundo autónomo como falso autónomo y le impongan al 1er. autónomo una multa de 3.126€ (como mínimo), aplicando el Real Decreto 306/2007, de 2 de marzo , obligando al 1er. autónomo a contratarle con un contrato indefinido de 40 horas semanales.
La solución para prevenir este tipo de incidencias es que el primer autónomo alquile un espacio de trabajo dentro del mismo local al segundo autónomo, con un contrato real y un pago real de alquiler.
De esta manera es que pueden 2 autónomos trabajar juntos en el mismo local
Además cada autónomo deberá de realizar la presentación de sus modelos fiscales trimestrales de forma independiente, y serán 2 autónomos trabajando en el mismo local
Por lo tanto, si que pueden 2 autónomos compartir local, ante la eventualidad de una inspección de trabajo, estarán cubiertos y a salvo de cualquier sanción de la inspección.
Con lo cual esta sería una de las maneras y tendríamos 2 autónomos en un mismo negocio
| Riesgos de Trabajar Juntos sin Sociedad Civil: |
| Riesgo de considerar al segundo autónomo como falso autónomo. |
| Posible multa de 3.126€ según Real Decreto 306/2007, más obligación de contrato indefinido a 40 horas semanales. |
| Solución: Constituir una Sociedad Civil. |
También tenemos otra opción colaborativa que da estupendos resultados y se trata de:
Espacio de trabajo compartido en donde se reparten gastos comunes entre empresas.
Respuesta social a una economía que no favorece al solitario
El coworking es, en esencia, una estrategia de resistencia elegante frente a un mercado costoso e impredecible. No se trata solo de escritorios llamativos y salas de reuniones con nombres creativos.
Es un terreno donde conviven la eficiencia y la necesidad: empresas distintas, con culturas y ritmos propios, que aprenden a compartir el Wi-Fi, el café, los silencios… y a veces hasta el estrés. Es una solución práctica a una pregunta incómoda: ¿cómo puedo permitirme seguir creciendo sin hundirme en los gastos fijos?. Aquí, compartir no es ideología: es logística.
Forma societaria recomendada para deducir el 100% de los gastos
En lo referente a tu pregunta de cómo deducir los gastos si ambos sois autónomos, la respuesta es que la forma más sencilla es crear una sociedad civil o comunidad de bienes.
Esta forma societaria es muy adecuada para aquellas personas que, como vosotros, os daréis de alta como autónomos y además trabajaréis en la actividad, ya que la sociedad civil o comunidad de bienes es la que centralizará las ventas y los gastos, por lo tanto si que pueden 2 autónomos compartir local
Te informo que bajo esta modalidad aunque los 2 socios serán autónomos no tienen que presentar modelos fiscales a la agencia tributaria de forma trimestral.
Además, será la sociedad civil la que venda y emita los tiques o facturas, y compre y pague los gastos que mencionas, como por ejemplo, el alquiler, la luz, o el agua. centralizando y simplificando las gestión administrativa, fiscal y laboral. siendo aquí que realmente tienes 2 autónomos en un mismo negocio.
Esta es la forma en que se puede poner un negocio a nombre de 2 personas y que trabajen en ella
Se puede poner un negocio a nombre de dos personas porque es totalmente legal en Madrid. Si que pueden dos autónomos montar un negocio juntos.
Dos personas pueden emprender juntas sin necesidad de crear una sociedad, actuando como autónomos y firmando un contrato de colaboración. Es fundamental definir por escrito los roles, reparto de beneficios y responsabilidades.
Aunque es más simple, no ofrece protección patrimonial, y puede generar problemas si no hay claridad legal y fiscal entre las partes.
Los recibos de todos estos servicios deberán ser emitidos a nombre de la sociedad y no de los socios.
Por lo tanto, cuando tengas que emitir alguna factura o tique, será emitido por la sociedad civil o la comunidad de bienes y no por los socios.
Así es como es posible que pueden dos autónomos trabajar en el mismo local juntos y llegar a una cifra importante en deducibilidad de gastos hasta llegar a poder deducir el 100% de los gastos que es lo habitual en una empresa.
El único requisito para la constitución de cualquiera de las dos opciones es devolver debidamente cumplimentado el formulario que te hemos enviado y si necesitas más información sólo tienes que llamarnos al 91 230 4978 .
Te informaremos sobre todo lo que no hubieses entendido o te cause dudas. PD: toda la información es gratuita, así cualquier información previa.
La sociedad civil es la mejor fórmula para que dos o más autónomos empresarios, profesionales o artistas se agrupen y pongan en marcha un negocio juntos.
La gran ventaja de la sociedad civil es que los autónomos podrán seguir siendo trabajadores por cuenta propia sin tener que renunciar en ningún momento a las diferentes bonificaciones que se ofrecen a este tipo de trabajadores.
Muchos emprendedores desconocen exactamente lo que es una sociedad civil y lo ventajoso y la sinergia que se produce con dos autónomos en el mismo negocio
| Forma Societaria Recomendada: |
| – Crear una Sociedad Civil o comunidad de bienes permite que, tanto las ventas como los gastos, se realicen a nombre de la sociedad civil, y no a nombre de cada uno de los socios autónomos, simplificando la gestión administrativa, fiscal y contable. |
|
– Ventajas: Se puede aportar cualquier cantidad de capital. |
¿Cómo pueden dos autónomos montar un negocio juntos como sociedad civil?
Dos autónomos en el mismo negocio es la forma mas ágil y sencilla. Formando la SC, o sin formarla pueden colaborar mediante un contrato privado.
Si forman la sociedad civil es todo mas fácil porque la sociedad civil es la que centraliza toda la gestión fiscal, administrativa, laboral, contable. Esto deja mas tiempo a los dos autónomos para dedicarse a su negocio sin preocuparse de la burocracia.
Así mismo es imprescindible que este tipo de sociedades cuenten con un mínimo de dos socios. A pesar de que los socios son autónomos, es decir, personas físicas, a todos los efectos la sociedad civil es una persona jurídica.
Empresa de dos personas. Existen distintas formas legales para que dos personas monten una sociedad: Sociedad Civil, Limitada entre otras. Comunidad de Bienes y Sociedad Limitada también.
La elección depende del tipo de actividad, confianza entre socios y nivel de formalidad deseado. La Sociedad Civil es útil para actividades simples, la Comunidad de Bienes para compartir bienes (como un local) y la Sociedad Limitada para negocios con riesgo e imagen profesional.
Como hacer una sociedad entre dos personas. Para la sociedad civil por ejemplo no se precisa de un proceso de constitución, Ni capital inicial fijo. Suele ser un tipo de sociedad ideal para poner en marcha actividades profesionales y/o empresariales que no resulten de una gran magnitud. De esta manera si que se puede poner un negocio a nombre de 2 personas
Todo esto siempre y cuando ambos profesionales o empresarios posean un objetivo mercantil.
Si no montan la sociedad civil siempre podrán colaborar mediante un contrato privado aunque la gestión administrativa es algo engorrosa.
Los pasos a seguir para montar una sociedad civil entre dos autónomos son los siguientes:
Realizar el contrato de constitución de la sociedad civil.
Obtención del CIF provisional en la agencia tributaria (modelo 036 o 037)
Inscripción de la empresa en la Comunidad de Madrid.
Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
Solo si se aportan bienes o derechos reales habría que inscribir la empresa en el Registro Mercantil.
Por último, es importante recordar que los futuros socios firmen el contrato de constitución donde se detalle cada aspecto que resulte de importancia.
La sociedad civil se ha de constituir a través de un contrato siempre que se aporten bienes inmuebles o derechos reales, en el caso contrario no es necesario una escritura pública.
| Pasos para Montar Sociedad Civil: |
| Realizar contrato de constitución de la sociedad civil. |
| Obtención del CIF provisional en la Agencia Tributaria. |
| Inscripción de la empresa en la Comunidad de Madrid. |
| Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. |
| Constitución mediante escritura pública si se aportan bienes inmuebles o derechos reales. |
Ventajas y desventajas de la sociedad civil
En una sociedad civil si que pueden 2 autónomos trabajar juntos en el mismo local.
Al ser los dos socios además autónomos se evita ser considerados como falsos autónomos en una eventual inspección de trabajo.
A nuestro parecer la sociedad civil es la mejor alternativa para 2 autonómos que necesiten trabajar en su negocio.
| Ventajas y Desventajas de Sociedad Civil: |
|
– Ventajas: Se puede aportar cualquier cantidad de capital. |
|
– Desventajas: Necesidad de llevar contabilidad. |
Sociedad Limitada Dos Socios autónomos
Una Sociedad Limitada con dos socios autónomos es una forma de empresa donde ambos sois dueños y trabajadores a la vez. Imagina que tú y yo montamos una pastelería.
La S.L. sería el «paraguas legal» de nuestro negocio, protegiéndonos de ciertos riesgos. Como socios, aportamos dinero o bienes para formar el capital de la empresa.
Y como autónomos, trabajamos en ella y nos pagamos un sueldo.
Lo interesante es que combinamos la seguridad de una sociedad con la flexibilidad del autónomo. Eso sí, tenemos que darnos de alta como autónomos societarios, que es un poco diferente al autónomo normal.
Tiene sus ventajas, como limitar nuestra responsabilidad personal, pero también implica más papeleo y obligaciones fiscales.
Sociedad Limitada con Dos Socios es una de las formas más seguras de emprender. La responsabilidad se limita al capital aportado. Esto protege el patrimonio personal y familiar.
Es ideal para proyectos con inversión, equipo o riesgo. Ambos socios deben realizar aportaciones, acordar estatutos, firmar escritura ante notario e inscribir la empresa en el Registro Mercantil. La desventaja es que al no ser socios autónomos (autónomos societarios) solo pueden cobrar dinero de su propia empresa via dividendos.
Pros y contras de una Sociedad Limitada frente a otras formas jurídicas: ¿Qué opción es la más conveniente?
Una Sociedad Limitada con 2 socios autónomos tiene sus pros y sus contras. La gran ventaja es que limita tu responsabilidad al capital aportado, protegiendo tu patrimonio personal.
Además, fiscalmente puede ser más ventajosa que ser autónomo si los beneficios son altos.
Sin embargo, tiene más trámites y costes que ser autónomo. También requiere llevar una contabilidad más compleja y presentar cuentas anuales.
Comparada con una Sociedad Anónima, la S.L. es más flexible y requiere menos capital inicial.
Pero si buscas cotizar en bolsa o atraer muchos inversores, la S.A. sería mejor opción.
Practicamente, la S.L. es la mejor opcion para las pequeñas y medianas sociedades llamadas (pymes) que quieran tener una protección (legal) y una estructura fija, sin tener que complicarse con otro tipo de sociedad
¿Que actuaciones hay que realizar para constituir la sociedad limitada?
Para la constitución de la sociedad limitada deberás de llevar a cabo unos trámites burocráticos, primero el de formular la sociedad limitada para poder obtener el nombre de la sociedad, después abrirse una cuenta para realizar el ingreso del capital cuyo importe mínimo es de 3000 €.
El notario redacta la escritura de constitución.
Con esa escritura, hay que solicitar el NIF provisional en Hacienda y pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Finalmente, se inscribe la sociedad en el Registro Mercantil de Madrid. Una vez inscrita, ya puedes solicitar el NIF definitivo.
Todo este proceso suele llevar unas tres o cuatro semanas.
Los impuestos de la sociedad limitada
En relación a con los impuestos: ¿Nos podemos preguntar qué impuestos paga la empresa y los socios autónomos
En lo referente al aspecto fiscal de una Sociedad Limitada con 2 autónomos, hay que tener en cuenta dos partes: la empresa y los socios autónomos.
La empresa tributa por el Impuesto de Sociedades, que es del 23% sobre los beneficios.
Además, tiene que presentar declaraciones trimestrales de IVA y hacer retenciones si paga a profesionales o alquila locales.
Los socios autónomos, pagan IRPF por lo que cobran de la empresa, ya sea como sueldo o dividendos o por factura. También tienen que pagar su cuota de autónomos mensualmente.
Seguridad Social para socios autónomos: cotizaciones, particularidades y posibles incompatibilidades
En cuanto a la Seguridad Social de los socios autónomos de una Sociedad Limitada hay que atender a unas peculiaridades
La principal es que si tienes el control efectivo de la sociedad, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Lo anterior sucede si posees al menos el 25% del capital y realizas funciones de dirección.
La base mínima de cotización para autónomos societarios es más alta que para autónomos individuales. En 2024, está en unos 1.000 euros mensuales.
No puedes acceder a la tarifa plana normal, pero desde 2020, hay una versión adaptada para autónomos societarios.
Es importante que sepas que no puedes estar en el Régimen General si eres administrador con control de la sociedad. Siempre debes cotizar como autónomo.
Responsabilidades de los socios en una Sociedad Limitada: límites y deberes como administradores
En una Sociedad Limitada, los socios solo responden con el dinero que han puesto en la empresa.
O sea, que en teoría, si la empresa tiene deudas, no tendrías que preocuparte porque tu dinero personal estaría protegido.
Sin embargo, si eres administrador, la cosa cambia un poco. Como administrador, tienes más responsabilidades.
Debes actuar con diligencia, lealtad y transparencia. Si no lo haces, podrías responder con tu patrimonio personal por las deudas de la sociedad.
También hay situaciones especiales, como cuando la sociedad no se inscribe correctamente o si se hacen aportaciones no dinerarias sobrevaloradas, donde la responsabilidad puede extenderse más allá del capital aportado.
Para no marearnos, ser socio te protege, pero ser administrador implica más responsabilidad. Siempre es recomendable asesorarse bien para evitar sorpresas.
Reparto de beneficios y toma de decisiones en una Sociedad Limitada: cómo se reparten los dividendos y cómo deciden dos socios
En una Sociedad Limitada con dos socios autonomos, el reparto de beneficios y la toma de decisiones son súper importantes.
Pero ojo, antes hay que cumplir con cosas como la reserva legal.
Para tomar decisiones, como sois solo dos, es crucial que os pongáis de acuerdo.
Las decisiones importantes se toman en la Junta General, donde cada uno tiene votos según su participación.
Para el día a día, si sois administradores solidarios, podéis decidir por separado, pero para cosas gordas, mejor que os pongáis de acuerdo los dos.
Lo más importante es que tengáis buena comunicación y reglas claras desde el principio para evitar problemas.
Ejemplos prácticos de una Sociedad Limitada con dos socios autónomos: situaciones reales
En una Sociedad Limitada con dos socios autónomos, podemos encontrar situaciones muy variadas.
Puede ser el caso de dos diseñadores gráficos que deciden unir fuerzas.
Si cada uno aportase 1.500€ al capital social y se repartieran las acciones al 50%.
Trabajan desde casa, facturan a través de la S.L. y se pagan un sueldo como autónomos societarios.
También podría ser el caso de dos abogados que montan un bufete.
Aportan 3.000€ cada uno, podrían alquilar una oficina y contratar a una secretaria.
Se reparten los casos según su especialidad y los beneficios equitativamente.
También podría ser el caso de dos programadores que desarrollan una app.
Uno se encarga del desarrollo y otro del marketing. Reinvierten los beneficios para hacer crecer el negocio.
Lo importante es que definan bien sus roles y responsabilidades desde el principio.
¿Se pueden tener dos empresas con la misma actividad en España? Restricciones y limitaciones
Se pueden tener dos empresas dedicadas a la misma actividad. En España es completamente legal. No hay ninguna ley que lo prohíba.
Sin embargo, hay que tener en cuenta algunas consideraciones.
1- Cada empresa debe operar de forma independiente, con su propia contabilidad y estructura, pero no está demás decirlo. No se pueden mezclar recursos ni personal entre ellas. (aunque en la práctica suele ser diferente, no lo recomendamos)
2-, Debes estar atento a las leyes de competencia. Podrías estar incurriendo en un delito si estás dividiendo artificialmente (incluso sin darte cuenta) el negocio para pagar menos impuestos.
Es legal, pero requiere una gestión cuidadosa y transparente para evitar problemas.
Otra asunto muy diferente es si nos preguntamos si:
¿Un autónomo puede tener dos empresas?, Sí, un autónomo puede tener dos empresas con actividades económicas diferentes. Diferentes marcas. También puede tener participación en más de una sociedad.
Tengamos en cuenta que estamos hablando de un autónomo, por lo cual debe gestionar de forma unificada las actividades de las dos empresas en los mismos libros contables, y declarar el IVA y el IRPF de forma unificada por ambas empresas en los mismos modelos fiscales.
Implicación fiscal de tener dos empresas con la misma actividad en España.
Tener dos empresas con actividades similares puede tener implicaciones fiscales importantes.
Hacienda podría sospechar que estás dividiendo artificialmente el negocio para pagar menos impuestos.
Si las empresas son muy similares o comparten recursos, podrían considerarse como un grupo empresarial.
Eso significaría que tendríais que unificar las cuentas y pagar impuestos juntos, lo que podría aumentar la carga fiscal
Además, deberías tener cuidado con las operaciones entre ambas empresas.
Hacienda podría considerar que los precios no son de mercado y hacer ajustes fiscales.
En resumen, aunque es legal tener dos empresas similares, hay que ser muy cuidadoso con la gestión fiscal para evitar problemas con Hacienda.
Te recomendaría contar con un buen asesor fiscal para navegar estas aguas.
Ventajas y desventajas: Beneficios y complicaciones de tener dos empresas separadas con la misma actividad.
Tener dos empresas separadas con la misma actividad tiene sus pros y sus contras.
Entre las ventajas, está la posibilidad de diversificar riesgos.
Si una empresa tiene problemas, la otra puede seguir funcionando.
También te permite dirigirte a diferentes segmentos del mercado o zonas geográficas con marcas distintas.
Sin embargo, hay inconvenientes. Duplicas gastos de gestión, contabilidad y administración.
Además, puede ser complicado explicar a clientes y proveedores por qué tienes dos empresas iguales.
Fiscalmente, como te comenté antes, puede levantar sospechas en Hacienda.
Y a nivel operativo, puede ser un desafío mantener culturas empresariales separadas y evitar la competencia interna.
En resumen, puede tener sentido en algunos casos, pero requiere una gestión muy cuidadosa y clara justificación empresarial.
¿Se puede ser autónomo y autónomo societario a la vez?
Si que puedes ser autónomo y autónomo societario a la vez, en el supuesto de que ya te hayas decidido a trabajar por tu cuenta en el territorio nacional, te habrás tropezado con dos opciones – ser autónomo individual o ser autónomo societario – que si bien trabajan igualmente por cuenta propia, existen una serie de diferencias que merecen la pena para tomar una buena decisión.
Se puede ser autónomo y autónomo societario a la vez sin problema alguno. Solo asegúrate de cumplir con las obligaciones de ambas.
La gran ventaja es que como ya cotizas como autónomo no tienes que cotizar doble por ser autónomo societario (administrador).
Solo tienes que cotizar una pequeña cantidad adicional y eso es todo.
Otra ventaja es que si ya cotizas por ser administrador de una empresa puedes ser administrador de varias empresas sin tener que incrementar tu cuota.
Se puede ser autónomo y tener una sociedad limitada, es decir puedes cobrar a un mismo cliente como autónomo y como sociedad limitada.
No hay ninguna limitación en este sentido. Inclusive tu mismo puedes emitir una factura a tu propia empresa en el caso que hubieses realizado un trabajo o servicio por cuenta de tu empresa.
En este caso inclusive en la propia agencia tributaria que no solo te lo permite sino que te lo exige en el caso que quieras cobrar de tu empresa.
Autónomo individual
El autónomo individual se contempla en la figura más común. Es el momento que una persona empieza a trabajar sin crear una empresa ni sociedad.
Aqui debes saber que como autónomo respondes con tus bienes personales ante cualquier incidencia..
Por ejemplo, si decides ser diseñador gráfico freelace, eres autónomo individual.
Si un cliente no te paga o tienes gastos no previstos, eres tú, como persona, quien asume el problema.
Autónomo societario
El autónomo societario, por otro lado, es cuando creas una sociedad, normalmente una Sociedad Limitada (S.L), para desarrollar tu actividad y realizas la función de administrador.
En este caso, la sociedad es quien responde por el negocio, no tú a título personal.
Si las cosas van mal, lo máximo que puedes perder es lo que has invertido en la sociedad.
Ejemplo:Imagina que decides montar una pequeña empresa de marketing. Puedes crear una S.L., y si la empresa tiene problemas, solo perderás el dinero que hayas puesto en la sociedad, no tu patrimonio personal.
Diferencias clave entre autónomo individual y societario
Vamos a ver las principales diferencias entre estas dos formas de trabajar por cuenta propia:
1. Responsabilidad: Como autónomo individual, tú eres responsable de las deudas y problemas del negocio con tu patrimonio personal.
En cambio, como autónomo societario, solo pierdes lo que hayas invertido en la empresa.
Esto significa más seguridad a nivel personal si decides crear una sociedad.
2. Fiscalidad: No obstante, hay diferencias. Si tienes una sociedad, esa cantidad tributa primero por el Impuesto de Sociedades, y luego tú tributas a nivel personal por lo que recibas como sueldo o dividendos.
3. Imagen frente a los clientes: Las empresas tienden a dar una imagen más profesional y seria, lo que puede abrirte más puertas con algunos clientes.
A veces, tener una S.L. te puede ayudar a conseguir contratos más grandes o trabajar con empresas que prefieren tratar con sociedades.
Costes de Gestión y Flexibilidad
4. Costes de gestión: Crear y mantener una sociedad tiene más costes.
Registrar una empresa implica más trámites y gastos, como notarios, registro mercantil, y contabilidad más compleja.
Como autónomo individual, darte de alta es mucho más sencillo y barato.
Ejemplo: Para ser autónomo individual, solo tienes que registrarte en Hacienda y la Seguridad Social.
En cambio, si decides ser autónomo societario, además de esos pasos, necesitas registrar la sociedad, hacer una aportación de capital inicial y llevar una contabilidad más detallada.
5. Flexibilidad: Si decides ser autónomo individual, tendrás más libertad para tomar decisiones rápidas.
No tienes que rendir cuentas a una sociedad, y la gestión diaria es más sencilla.
En una S.L. hay más formalidades que cumplir y tomar decisiones puede ser más lento, sobre todo si tienes socios.
¿Autónomo o autónomo societario, qué es mejor para ti?
Ahora bien, ¿cuál de las dos te conviene más? Esto dependerá de tu nivel personal y del tipo de negocio que quieras poner en marcha.
Si comienzas y no cuentas con un capital muy abundante, lo más probable es que tu alternativa escojas la opción de autónomo individual, por ser la opción más económica y la más sencilla de llevar.
Pero si piensas en crecer, contratar empleados o quieres limitar tu responsabilidad personal, crear una sociedad puede ser una mejor opción a largo plazo.
Marco legal aplicable al autónomo y autónomo societario
El marco legal que regula estas figuras incluye:
1. Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo
2. Real Decreto Legislativo (Ley General de la Seguridad Social)
3. Ley del Impuesto sobre Sociedades
4. Real Decreto Legislativo (Estatuto de los Trabajadores)
5. Real Decreto (desarrollo del Estatuto del Trabajo Autónomo)
Compatibilidad y limitaciones del autónomo y autónomo societario
Legalmente, no es posible ser simultáneamente autónomo individual y autónomo societario para la misma actividad económica.
Sin embargo, existen situaciones en las que una persona puede tener relación con ambas figuras:
1. Realizando actividades económicas diferentes bajo cada figura.
2. Siendo socio minoritario (menos del 33% del capital) en una sociedad mientras se mantiene como autónomo individual en otra actividad.
Obligaciones de los autonomos
Tanto el autónomo como el autónomo societario tienen una parte sustantiva de obligaciones comunes, una de ellas es la de darse de alta en el (RETA) de la Seguridad Social.
Pero existen diferencias significativas:
– Responsabilidades: el autónomo a título individual responde de él con su propio patrimonio (o en su defecto, responde sólo con las aportaciones al patrimonio de la sociedad).
En el caso del autónomo societario, al menos limita la responsabilidad del propio patrimonio a la aportación que haya hecho con la sociedad.
– Fiscalidad: el autónomo a título individual tributa por IRPF (ingresos – gastos); el autónomo societario tributa en virtud del Impuesto de sociedades primero y posteriormente el IRPF en lo que refiere a sus rentas personales.
– Cotización: Desde 2023, ambos cotizan en función de sus rendimientos netos, pero con algunas diferencias en las bases de cotización.
Consideraciones prácticas del autónomo
Al decidir entre ser autónomo individual o societario, es crucial considerar:
1. El volumen de negocio esperado
2. Las perspectivas de crecimiento y necesidad de incorporar socios
3. La necesidad de protección patrimonial
4. Las implicaciones fiscales a largo plazo
Autónomo y autónomo societario no pueden ser simultáneas para una misma actividad,
1-Si bien la individual y societaria no pueden ser simultáneas para una misma actividad, cada figura tiene sus puntos a favor y en contra.
La elección será cuestión de los factores concretos del emprendedor y de su negocio.
2-La complejidad que tiene el marco legal y las importantes repercusiones fiscales y de responsabilidad que conllevan estas figuras, así como a su especificidad.
Debemos advertir que, una vez más, es conveniente, antes de tomar una decisión de manera independiente, dirigirse a un profesional que les asesore en temas legales y fiscales.
¿Estás considerando iniciar una actividad por cuenta propia o cambiar tu forma jurídica actual? No dudes en buscar asesoramiento experto.
Régimen fiscal del autónomo individual
El trabajador autónomo podrá presentar su tributación a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. .
Características principales:
– Declaración trimestral de IVA (si no está en régimen de recargo de equivalencia)
– Pagos fraccionados del IRPF (modelos 130 o 131)
– Posibilidad de acogerse a regímenes de estimación objetiva (módulos) en ciertos casos
Régimen fiscal del autónomo societario
El autónomo societario no opera, quien opera en una sociedad, generalmente una Sociedad Limitada (S.L.), que está sujeta al Impuesto sobre Sociedades (IS).
Características principales:
– La sociedad tributa al tipo general del 25% sobre sus beneficios
– El autónomo societario tributa en el IRPF por los ingresos que percibe de la sociedad (salario y/o dividendos)
– Obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades anualmente
– Declaraciones trimestrales de IVA y retenciones
Comparativa fiscal
La elección entre ser autónomo individual o societario puede tener un impacto significativo en la carga fiscal:
1. Tipos impositivos:
– Autónomo individual: IRPF progresivo (hasta 45%)
– Autónomo societario: IS (25%) + IRPF sobre ingresos personales
2. Deducciones y gastos:
– Autónomo individual: Limitaciones en ciertos gastos (vehículos, suministros del hogar)
– Autónomo societario: Mayor flexibilidad en la deducción de gastos empresariales
3. Tributación de beneficios no distribuidos:
– Autónomo individual: Tributa por todos los beneficios en IRPF
– Autónomo societario: Los beneficios no distribuidos solo tributan por IS
Consideraciones adicionales
– Costes de constitución y mantenimiento de una sociedad
– Obligaciones contables más complejas para sociedades
– Posibilidad de incorporar socios en el futuro
– Imagen corporativa y credibilidad frente a clientes y proveedores
La decisión de dedicar a su ser autónomo individual o a su ser un autónomo societario:
Ventajas y desventajas del autónomo y del autónomo societario
Autónomo individual
Ventajas del autónomo individual
1. Simplicidad administrativa: Menos trámites burocráticos y obligaciones formales.
2. Costes reducidos: No requiere capital mínimo para iniciar la actividad.
3. Control total: Toma de decisiones más ágil y directa.
4. Flexibilidad: Mayor facilidad para adaptar el negocio a cambios del mercado.
5. Fiscalidad favorable para ingresos bajos: En niveles de ingresos reducidos, puede resultar más ventajoso fiscalmente.
Desventajas del autónomo individual
1. Responsabilidad ilimitada: responde con su patrimonio personal ante deudas.
2. Imagen menos profesional: Puede ser visto como un negocio de menor envergadura.
3. Dificultad para obtener financiación: Menos opciones de crédito comparado con sociedades.
4. Limitaciones en deducciones fiscales: Ciertos gastos son más difíciles de justificar o deducir.
5. Falta de continuidad del negocio: La actividad está ligada a la persona física.
Autónomo Societario
Ventajas del autónomo societario
1. Responsabilidad limitada: Protección del patrimonio personal frente a deudas de la empresa.
2. Imagen corporativa: Mayor credibilidad y profesionalidad frente a clientes y proveedores.
3. Continuidad del negocio: La empresa puede continuar aunque el fundador se retire.
Desventajas del autónomo societario
1. Mayor complejidad administrativa: Más obligaciones legales, contables y fiscales.
2. Costes más elevados: Gastos de constitución y mantenimiento de la sociedad.
3. Menor flexibilidad: Toma de decisiones más estructurada y formal.
4. Fiscalidad menos favorable para ingresos bajos: Puede resultar menos ventajoso en niveles de ingresos reducidos.
5. Doble imposición: Los beneficios tributan por Impuesto de Sociedades y luego por IRPF al distribuirse.
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