RESPUESTA: Hola Jairo, gracias por tu pregunta, respondo directamente, IVA, el iva que debes de consignar en tu factura es el 21%, IRPF, el irpf que debes de retenerte en tu factura es el 7%,(si tu no haces la retención la hará tu pagador). En lo referente a tu primera vez por cuenta propia pagarias por cuota de seguridad social, 6 meses x 50 euros, los siguientes 6 meses, 6 x 130, los siguientes 6 meses 6 x 180, y luego la cuota normal de 247 euros. En cuanto al régimen fiscal al que estarás acogigo será estimación directa simplificada. Adicionalmente según tu proyección de beneficios, podría beneficiarte el hecho de no presentar la declaración trimestral del IRPF, sería conveniente realizar una proyección de irpf a pagar. Te recomiendo te pongas en contacto con nuestra asesoria asociada al 912304978, ellos te harán el cálculo, recuerda indicarles que eres usuario de Creación Empresa Madrid, para que te den de alta como autónomo de forma gratuita, además de asesorarte también de forma gratuita, ellos responderán todas tus preguntas y despejarán todas tus dudas, Suerte !!!!!
¿Capitalizar el paro para crear una sociedad limitada?
Hola Borja, Se puede capitalizar el paro para montar una SL Puedes crear una empresa, específicamente puedes crear una sociedad limitada, capitalizando el paro Tienes



