Buenas tardes, se refiere usted al artículo 80 bis de la ley 35/2006 del impuesto a la renta de las personas físicas, en este artículo vigente al da de hoy, indica que los contribuyentes cuya base impositiva sea menor a 12,000 euros anuales podrán deducirse este monto según procedimiento establecido, le informo que anualizando sus ingresos excede la suma de 12,000 euros anuales por lo cual no le correspondería aplicar dicha deducción, en cuanto al servicio de gestoria barata para empresas de reciente constitución y lo referente a la constitucion gratuita de socieades, lo puede hacer sin ningún problema si los llama al 91 230 4978, desde creacion empresa le damos las gracias por preguntar, cordiales saludos,
Hola y gracias por la pronta respuesta, resido en Madrid, me he dado de alta como autónona el 15 de diciembre, me dedico a la realización de eventos, hice los trámites en una gestoría, pero ayer me llegó una notificación de hacienda donde me dicen q
Buenos dias Soledad, Le informo que es cierto lo que usted indica sobre la no obligación de presentar el 130 si el 70% de su