Buenos dias, Al crear una sociedad limitada, se requiere la figura de un administrador, este administrador debe estar inscrito forzosamente en el RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos),y puede percibir remuneración o no de la sociedad, y la puede percibir mdiante una nómina o emitiendo una factura, los pagos de seguridad social los pueden asumir la empresa o el trabajador. En cuanto a los otros socios pueden quedar solo como socios. En cuanto a su pregunta, si se da usted de alta como autónoma tendría que pagar por lo menos la cuota mínima que es de aprox 260 euros a la seguridad social, no pudiendo estar sujeta como administradora a la «tarifa plana» de 50 euros. En cambio si uno de los socios que trabaja por cuenta ajena fuese el administrador tendría una deducción en la cuota de la seguridad social por pluriactividad a tiempo parcial primeros 18 meses 75% y siguiente 18 meses 85%, le recomendamos la gestoría barata que anunciamos, cordiales saludos, suerte!!!!
Hola, tengo 28 años, estoy cobrando el paro por primera vez en mi vida laboral desde hace un mes y he encontrado un trabajo pero me exigen darme de alta como autónomos, y nunca lo he estado.rnMe gustaría que me pudieran informar de las posibilidades
Buenos dias, gracias por preguntar, Le informo que puede capitalizar la prestación sin ningún problema, también se puede compatibilizar, la edad no constituye una limitación



