Buenos dias, y gracias por preguntar, Le informo que actualmente puede compaginar el cobro de la prestación por desempleo con el estar dado de alta como autónomo, en cuanto al pago de la cuota de autónomo, puede acogerse a la denominada tarifa plana de autónomo, el único requisito es no haber sido autónomo en los últimos 5 años, en cuanto a la cuota de autónomo, pagaría durante los primeros 6 meses 53 euros, los segundos 6 meses 130 euros, los terceros 6 meses 180 euros. Le recomiendo que consulte en el SEPE, los requisitos para compatibilizar la percepción del paro con la actividad empresarial, También puede llamar al 91 230 4978 a nuestra asesoría asociada, ellos le brindarán asesoría contable y asesoría fiscal, mediante la denominada gestoría barata para emprendedores. Espero haberle sido de alguna ayuda, Cordiales saludos.
Acabo de firmar un contrato de autonomo dependiente y me dijeron en la empresa que todavia no lo registre en hacienda. Mis preguntas son: puedo darme de alta de autonomo en hacienda como autonomo x mi cuenta pero sin registrar ese contrato dependiente ? O
Buenos dias y muchas gracias por preguntarnos, Le informo que el alta como AUTí“NOMO, se realiza en la Tesoreria General de la seguridad social. Previamente