gracias por preguntar,le informo:1)el régimen de iva con criterio de caja estará vigente a partir del 01.enero.2014, 2)son beneficiarias las empresas con facturación no mayor a 2 mill/año 3)se devengará al 31.dic del año 4)el acogimiento es voluntario, pero una vez rechazado tendrá que esperar 3 años para volver a acogerse, 4) tambien aplicará criterio de caja para las facturas de compras no pagadas. Desde creacion empresa madrid esperamos haberle sido de ayuda, cordiales saludos,
Buenas tardes, entro en materia directamente y gracias por la respuesta, desde hace 2 meses, estoy en sudamérica, tratando de encontrar algunos proveedores para mi negocio que realizo en España y Europa, soy Español, el problema es que hasta dentro de
Buenas tardes Carlos, Gracias por tu pregunta, Para crear una empresa en España desde el Brasil, lo que debe hacer es otorgar un poder a



