gracias por preguntar,le informo:1)el régimen de iva con criterio de caja estará vigente a partir del 01.enero.2014, 2)son beneficiarias las empresas con facturación no mayor a 2 mill/año 3)se devengará al 31.dic del año 4)el acogimiento es voluntario, pero una vez rechazado tendrá que esperar 3 años para volver a acogerse, 4) tambien aplicará criterio de caja para las facturas de compras no pagadas. Desde creacion empresa madrid esperamos haberle sido de ayuda, cordiales saludos,
Buenas tardes, Con dos ex compañeros de trabajo, ahora los tres estamos en paro, hemos visto un nicho de mercado muy interesante, en el mismo sector que nuestro antiguo empleador, tanto así que llevamos casi 6 meses ofreciendo los mismos servicios y fac
Buenas tardes Jose, gracias por preguntar, Le respondo directamente a su pregunta, indicándole que pueden acogerse perfectamente al servicio de constitución gratuita de sociedades, así