gracias por preguntar,le informo:1)el régimen de iva con criterio de caja estará vigente a partir del 01.enero.2014, 2)son beneficiarias las empresas con facturación no mayor a 2 mill/año 3)se devengará al 31.dic del año 4)el acogimiento es voluntario, pero una vez rechazado tendrá que esperar 3 años para volver a acogerse, 4) tambien aplicará criterio de caja para las facturas de compras no pagadas. Desde creacion empresa madrid esperamos haberle sido de ayuda, cordiales saludos,
Buenas.rnrnDebo impartir 15 horas en un curso de formación.rnYo no oferto el curso, ni lo organizo, lo hace un instituto.rnrnNo tengo ingresos ni trabajo desde hace 2 años.rnMe pagarían 400€ brutos.rnrn ¿Debo darme de alta de autónom
Gracias por preguntar, La respuesta que voy a dar solo es válida para su caso en particular, 1.- No es necesario darse de alta como