Buenos dias, gracias por la pregunta, al darse de alta de autónomos, nacen inmediatamente 2 obligaciones, para con la hacienda pública y para con la tesorería general de la seguridad social. En cuanto a la hacienda pública, nace la obligación de presentar los modelos para los cuales nos HUBIí‰SEMOS obligado en el modelo 037 al darnos de alta, la presentación trimestral de estos modelos y sus resúmenes anuales es obligatoria, se venda o no se venda, son a saber: modelo 130 de irpf, modelo 303 iva, modelo 115 retención irpf de alquileres. En cuanto a la seguridad social, corresponde pagar la cuota de autónomo que es de 264 euros mensual, o de 63 euros si nos acogemos a la tarifa plana de autónomos. También es cierto que se puede estar de alta solamente 1 mes en ambas entidades, y luego darse de baja. Espero haberles sido de ayuda, Cordiales saludos.
Buenos dias, Llevo hace casi 10 meses comprando y vendiendo por internet, la compra y la venta las realizo fuera de España, pero la cuenta la tengo en una oficina bancaria en Madrid, las cantidades que vendo son muy pequeñas, pero últimamente, al cambi
Buenos dias Juanjo, Gracias por su pregunta, le informo que nuestra razón de existir es el de poder apoyar a emprendedores como usted, he conversado



