Buenos dias, Entro en materia directamente, Debe de pagar por concepto de seguridad social, si no ha sido autónomo anteriormente, en 3 tramos de 6 meses la suma de 52 euros, luego 130 euros, y por último 180 euros, a partir del mes 18 pagaría la cuota normal de 260 euros. En cuanto al IRPF, solo tendría que pagar en función de la utilidad obtenida, la retención que seria del 20% del beneficio trimestral. En cuanto al desempleo, la cuota ya está incluida en el pago a la TGSS. Por último debe de considerar el costo de una asesoría que se haga cargo de los impuestos y la presentación de los modelos fiscales y los correspondientes resúmenes anuales, en resumen, de proporcionarle asesoría fiscal y asesoría contable, Espero haberle sido de ayuda, Cordiales saludos,
Puedo crear una SL sin aportar dinero en efectivo, aportando solo ordenadores o mobiliario?
Buenos dias Inma, Le respondo afirmativamente, ya que la la ley permite que el capital de una empresa, en este caso una sociedad limitada sea



