Buenas tardes, gracias por su pregunta, Le informo que es totalmente posible trabajar por cuenta ajena, y ser accionista de una sociedad, o ser autónomo. En cuanto a los ingresos percibidos, debería declararlos en la declaración anual de la renta de personas físicas, esta campaña empieza en abril. El impuesto a pagar lo puede ver en esta dirección: http://www.agenciatributaria.es/ AEAT.internet/Inicio_es_ES/ La_Agencia_Tributaria/ Campanas/ _Campanas_/ Impuesto_sobre_la_Renta_ de_las_Personas_Fisicas__IRPF_/ _INFORMACION/ Reforma_Renta_2015/ Tipos_y_escalas_de_gravamen/ Escala_general_a_aplicar_ en_el_ejercicio_2015.shtml , le recomiendo se ponga en contacto con nuestra gestoría para autónomos asociada, al 91 230 4978. ellos le darán asesoría fiscal y asesoria contable de forma gratuita, solo tiene que llamarlos.Cordiales saludos,
Hola y gracias por la pronta respuesta, resido en Madrid, me he dado de alta como autónona el 15 de diciembre, me dedico a la realización de eventos, hice los trámites en una gestoría, pero ayer me llegó una notificación de hacienda donde me dicen q
Buenos dias Soledad, Le informo que es cierto lo que usted indica sobre la no obligación de presentar el 130 si el 70% de su



