Buenos dias Antonio, Le respondo primero que no le piden ningún contrato de permanencia, y que pueden acogerse sin ningún problema a la tarifa reducida. En cuanto al tema de amortización es cierto lo que indica, y está incluida en el TRLIS artículos 108 al 114, en incentivos para empresas de reducida dimensión, y entre otros incentivos, le permiten amortizar el doble de lo indicado en tablas, el requisito es que la cifra de negocios del periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros, espero haberle sido de ayuda, desde crear una empresa le damos las gracias por su pregunta, cordiales saludos.
Buenos dias, Llevo hace casi 10 meses comprando y vendiendo por internet, la compra y la venta las realizo fuera de España, pero la cuenta la tengo en una oficina bancaria en Madrid, las cantidades que vendo son muy pequeñas, pero últimamente, al cambi
Buenos dias Juanjo, Gracias por su pregunta, le informo que nuestra razón de existir es el de poder apoyar a emprendedores como usted, he conversado



