Gracias por preguntar, le informo:Los empresarios y profesionales en régimen de estimación directa (normal o simplificada), deben realizar cuatro pagos a cuenta del impuesto, que se corresponden a cada uno de los trimestres del año, estos pagos se determinan según detalle:rn1.-El 20% del rendimiento neto desde inicio de año hasta el trimeste en que se efectúa el cálculo.rn2.-De estos pagos se deducirán los pagos efectuados en los trimestres anteriores.rn3.-El 2% del volúmen de ingresos del trimestre, aquí no debe incluir las subvenciones de capital ni tampoco las indemnizaciones, si realiza actividades forestales, agrícolas, ganaderas o pesqueras.rnTambién le informo que en el caso de profesionales, si el 70% de sus ingresos del año anterior fueron sujeto de retención no estará obligado a realizar pagos a cuenta.rnpor último indicarle que los pagos los debe realizar hasta el dia 20 de los meses abril, julio, octubre y hasta el 30 de enero, cordiales saludos desde crear una empresa.
Buenos dias, Llevo hace casi 10 meses comprando y vendiendo por internet, la compra y la venta las realizo fuera de España, pero la cuenta la tengo en una oficina bancaria en Madrid, las cantidades que vendo son muy pequeñas, pero últimamente, al cambi
Buenos dias Juanjo, Gracias por su pregunta, le informo que nuestra razón de existir es el de poder apoyar a emprendedores como usted, he conversado



