Buenas tardes Jose, le informo que la capitalización del paro solo es posible en el caso de autónomos, del cual una parte se utiliza para adquisición de activos (debe acreditar la compra con facturas)y la otra para las cuota de seguridad social. Si se constituye como sociedad limitada, solo puede aplicar el paro a las cuotas de la seguridad social, le informo también que puede pedir el servicio de constitución gratuita de empresas y también el de gestoría barata si los llama y pide una cita, ellos le explicarán detalladamente, desde creación empresa le damos las gracias por preguntar, cordiales saludos y gracias por preguntar,
Buenos dias soy Luis En Diciembre del 2013 me di de alta como autónomo, en una asesoría me recomendaron no crear una empresa del tipo de sociedad limitada o s.a., puesto que argumentaron que no era necesario para la actividad que realizaría y el nivel
Buenos dias Luis, y gracias por preguntar, Le informo que la deducción del 100% solo se permite en los siguientes casos, y ninguno es el



