Gracias por su pregunta, Le informo que la información que responde a su pregunta se encuentra no en el DL 4/2013 del 22 de febrero, sino en la ley 11/2013 publicada en el BOE del 26 de julio, en el cual manifiesta que la base imponible para el cálculo será la diferencia entre las cantidades apostadas y la cuantía de los premios obtenidos. En cuanto a la asesoría barata que usted solicita, le recomiendo que se ponga en contacto con ellos, estoy seguro que podrán informarle en mejores condiciones. Saludos desde crear una empresa, un abrazo y suerte.
Buenos dias, Somos 3 chicos menores de 30 años que nos hemos quedado en el paro hace aproximadamente 10 meses, y nos hemos estado dedicando de manera informal a lo que sabemos hacer, todo en pequeña escala, y sin entregar facturas, ni estar dados de alt
Buenos dias Manolo, gracias por su pregunta, le informo que nuestra misión es precisamente dar servicio a emprendedores como ustedes que en base a esfuerzo



