gracias por preguntar,le informo:1)el régimen de iva con criterio de caja estará vigente a partir del 01.enero.2014, 2)son beneficiarias las empresas con facturación no mayor a 2 mill/año 3)se devengará al 31.dic del año 4)el acogimiento es voluntario, pero una vez rechazado tendrá que esperar 3 años para volver a acogerse, 4) tambien aplicará criterio de caja para las facturas de compras no pagadas. Desde creacion empresa madrid esperamos haberle sido de ayuda, cordiales saludos,
Hola, somos tres socios, y nos dedicamos desde hace casi un año al reciclaje de equipos informáticos, pero tenemos un cliente que nos pide que le entreguemos factura, así que tendremos que dejar de trabajar en B estamos en duda si crear una sociedad ci
Gracias por preguntar, lleva usted razón, mediante la constitución de una sociedad limitada la responsabilidad se limita al aporte del capital, en cambio en la



