gracias por preguntar,le informo:1)el régimen de iva con criterio de caja estará vigente a partir del 01.enero.2014, 2)son beneficiarias las empresas con facturación no mayor a 2 mill/año 3)se devengará al 31.dic del año 4)el acogimiento es voluntario, pero una vez rechazado tendrá que esperar 3 años para volver a acogerse, 4) tambien aplicará criterio de caja para las facturas de compras no pagadas. Desde creacion empresa madrid esperamos haberle sido de ayuda, cordiales saludos,
Buenos dias, Somos 3 chicos menores de 30 años que nos hemos quedado en el paro hace aproximadamente 10 meses, y nos hemos estado dedicando de manera informal a lo que sabemos hacer, todo en pequeña escala, y sin entregar facturas, ni estar dados de alt
Buenos dias Manolo, gracias por su pregunta, le informo que nuestra misión es precisamente dar servicio a emprendedores como ustedes que en base a esfuerzo



