Este año ser autónomo cuesta un 1% más que el año 2019, es importante recalcar que este incremento es mucho más reducido que el producido en años anteriores.
La diferencia será casi de 3€, en el 2019 la cuota de autónomos era 283.30€, en este año 2020 será de 286.15€
1.- ¿Cuál es la causa de este aumento?
La razón de este aumento de casi tres euros en tu cuota de autónomo no es tu base de cotización, esta es la misma que la del 2019 (944.40€ de base mínima y 4070.00€ de base máxima), el origen de este incremento del 1% es el tipo general que se aplica sobre la cotización.
Con la entrada del nuevo año ha aumentado un 0.3% este tipo general, pasando a ser en el 2020 del 30.3% a diferencia del pasado año que fue del 30%.
Todos estos incrementos del tipo general de cotización que afectas a los años 2019, 2020 y 2021 están contenidos en el Real Decreto ley 28/2018, de 28 de diciembre, a través de este se aumenta progresivamente el tipo general de cotización con la intención de conseguir una mayor y mejor protección social del trabajador autónomo, todo esto entró en vigor el 1 de enero del 2019 aumentando coberturas.
2.- ¿Variarán tambien las contingencias comunes?
En el año 2020 el tipo general permanece al 28.30% esto significa que no cambia lo que pagas por gozar de una cobertura económica y sanitaria en caso de enfermedad o accidente. Es por eso que de la totalidad de la cuota que pagas de autónomos 267,26€ en concepto de contingencias comunes.
Este es el cálculo: 944.40 x 28.30%100 =267.26€
Es importante tener en cuenta que desde muchos años atrás las contingencias comunes forman un concepto por el cual el autónomotiene la obligación de cotizar, a comparación de las que hablaremos y que, a día de hoy son de manera obligatoria también parte de la cotización del autónomo.
3.- ¿Se incrementa el pago contingencias profesionales y cese de actividad?
Tristemente en el 2020 si se incrementará en un 1.1% el tipo de cotización específico para las contingencias profesionales. En tu cuota de autónomo pagas poco más de 10,30€ para cubrir y asegurarte apoyo económico y sanitario en caso de accidente laboral.
Este es el cálculo: 944.40 x 1.1%100 =10.38€
Es obligatorio para casi todos los trabajadores de alta como autónomo a partir del 1 de enero del 2019 cotizar por contingencias profesionales, aunque siempre han existido distintos supuestos en los que sí que existía dicha obligación, por ejemplo en el caso de los autónomos y socios de cooperativas dedicados a la venta ambulante, los autónomos con trabajos especialmente peligrosos así como los TRADE(Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes)
El año pasado el cese de actividad a la cotización del trabajador autónomo también se formalizó como obligatoria, quedan eximidos de esta obligación los autónomos en tarifa plana. El año pasado el tipo específico de cotización era del 0.7%, en el 2020 el tipo se incrementa al 0.8%, Esto se verá reflejado en que el autónomo destinará mensualmente aproximadamente 8€ para menos expuesto al enfrentarse a la finalización de la actividad o la prestación de servicios.
Este es el cálculo: 944.40 x 0.8%100 =7.55€
4.- ¿Que pasa con la formación profesional del autónomo?
La otra partida obligatoria en la cotización del autónomo es la de formación profesional o bonificada, es verdad que el tipo al que cotiza es bastante reducido (0.1%) que finalmente no constituye ni un euro de la cuota total de autónomos.
Lamentablemente y a diferencia del trabajador por cuenta ajena, en la actualidad el autónomo no puede acceder a formación bonificada.
Este es el cálculo: 944.40 x 0.1%100 =0.94€
Esperamos haber aclarado todas tus dudas sobre el nuevo incremento en la cuota de autónomos en el 2020.